martes, 18 de mayo de 2010

DÍA NACIONAL DEL CEBICHE 28 DE JUNIO


RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 708-2008-PRODUCE
CONSIDERANDO:
 
Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 241/INC, de fecha 23 de marzo de 2004, el Instituto Nacional de Cultura declaró Patrimonio Cultural de la Nación al “Seviche: comida tradicional del Perú”;
 
Que, el Ministerio de la Producción es competente en pesquería, acuicultura, industria y comercio interno. Es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero, pesquería industrial, conforme al artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción;
 
Que, asimismo, de acuerdo al literal a) del artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE, el Ministerio de la Producción tiene entre sus objetivos, promover el desarrollo sostenible de las actividades extractivas y productivas de los subsectores pesquería e industria, para incrementar su competividad a nivel nacional e internacional;
 
Que, el artículo 1º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, dispone que la misma tiene por objeto normar la actividad pesquera con el fin de promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentación, empleo e ingresos y de asegurar un aprovechamiento responsable de los recursos hidrobiológicos, optimizando los beneficios económicos, en armonía con la preservación del medio ambiente y la conservación de la biodiversidad;
 
Que, es de interés nacional fomentar y difundir el seviche peruano, tanto a nivel nacional como internacional, como plato de bandera nacional, estimulando su consumo culinario;
 
Que, en tal virtud, se estima conveniente establecer, a nivel nacional, la celebración del “DIA DEL SEVICHE”, en el entendido de que la preparación de este plato constituye la forma más usual de consumo de pescado;
 
Contando con las visaciones del Despacho Viceministerial de Pesquería y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
 
De conformidad con la Ley º 29158, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE;
 
SE RESUELVE:
 
Artículo Único.- Declarar el día 28 de junio de cada año, como “EL DIA DEL SEVICHE”, a nivel nacional.
 
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL REY REY
Ministro de la Producción
Fecha de Publicación: 18/09/2008 17:49

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